
En Colombia, las normas de tránsito para motociclistas se han incrementado con el fin de mejorar la seguridad vial y reducir los accidentes, especialmente aquellos que resultan en lesiones graves o fatales. De acuerdo con lo explicado por el Ministerio de transporte, la resolución 23385 de 2020 establece una serie de condiciones mínimas para el uso adecuado del casco protector en motocicletas, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos. Ignorar estas medidas, puede dar diferentes tipos de multas.
Esto porque el casco es considerado uno de los elementos más importantes para la protección de los motociclistas, ya que previene lesiones craneales graves en caso de un accidente. Debido a la alta vulnerabilidad de los motociclistas en las vías, el ministerio decidió en 2020 reforzar las normativas relacionadas con este equipo de seguridad, por lo que la resolución establece las características que debe tener el casco y las condiciones bajo las cuales debe ser utilizado para garantizar su efectividad,
entre estas se incluye que el abatible del casco debe estar incluido en el casco o dará una multa, según lo determine la autoridad de tránsito.
Conductores deben portar el casco completo al manejar en Colombia
En Colombia, el uso del casco es una obligación legal para todos los conductores y acompañantes de motocicletas, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos. La normativa vigente, establecida por la resolución 23385 de 2020, exige que el casco se utilice de manera adecuada y completa, cubriendo toda la cabeza del usuario para garantizar la máxima protección en caso de un accidente. Esto implica que el casco debe ajustarse de forma correcta y cubrir completamente la cavidad interna de la cabeza, sin dejar espacios vacíos que puedan comprometer su eficacia.

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Según las disposiciones de la resolución, no basta con portar un casco en la cabeza, debe ser un casco adecuado, en buen estado y bien ajustado. La correa de retención debe estar completamente asegurada debajo de la mandíbula, sin correas rotas ni broches incompletos, para que el casco permanezca en su lugar durante un posible impacto. Además, l
a norma prohíbe llevar dispositivos entre la cabeza y el casco, como teléfonos móviles u otros objetos que interfieran con el ajuste del mismo
. En general, esto es lo que obliga el Ministerio de Transporte:
- El casco debe estar ajustado de manera firme y adecuada a la cabeza del motociclista, cubriendo toda la cavidad interna. El casco no debe quedar flojo ni mal posicionado.
- Para los motociclistas que utilizan cascos con visera abatible (cascos modulares), la norma requiere que la visera esté completamente cerrada y asegurada mientras conduce.
- La norma tampoco permite llevar celulares que interfieran entre la cabeza y el casco. Excepcionalmente, se permite el uso de dispositivos que ofrezcan conectividad Bluetooth y que no afecten el ajuste adecuado del mismo.
Por lo que, si algún conductor perdió el visor del casco en un accidente o no lo usa, podría recibir una multa, esto incluyendo al copiloto.
Sin embargo, las condiciones anteriormente especificadas también serían la causal de una sanción por parte de un agente de tránsito.
Multa por no usar el abatible del casco de la moto
Uno de los aspectos más relevantes de esta resolución es la sanción económica que se impone a quienes no cumplan con las normativas sobre el uso del casco. A partir de 2025, quienes sean sorprendidos circulando sin el casco, sin el visor, o con un uso incorrecto del mismo, deberán pagar una multa de $711.750. Además de esta penalización económica, se podrá proceder con la inmovilización del vehículo hasta que el infractor cumpla con las normativas establecidas, según lo establece la ley 769 de 2002.

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Además de esta infracción, los motociclistas también deben tener en cuenta que hay otras conductas sancionables relacionadas con la modificación de elementos del vehículo. Por ejemplo, cambiar los espejos por versiones no reglamentarias, instalar resonadores para alterar el sonido del motor, o manipular las placas pueden derivar en sanciones aún más severas, tanto económicas como penales.
Además de la multa, en ciertas circunstancias las autoridades de tránsito están facultadas para ordenar la inmovilización del vehículo,
especialmente si se considera que el incumplimiento representa un riesgo para la seguridad vial.
Recomendaciones del Ministerio de Transporte para cumplir la norma
- Adquiera cascos certificados: Asegúrese de que el casco cumpla con las normativas de seguridad y esté certificado, ya que estos cascos han sido sometidos a pruebas de calidad que garantizan su efectividad.
- Verifique el ajuste del casco: El casco debe ajustarse de forma cómoda pero firme y debe cubrir toda la cabeza sin dejar espacios vacíos. Además, las correas deben estar bien aseguradas bajo la mandíbula.
- Evite el uso de cascos dañados: Si el casco presenta daños visibles, como abolladuras o grietas, es importante reemplazarlo de inmediato. El casco debe estar en perfectas condiciones para cumplir su función protectora.
- No utilice cascos de otras personas: El casco debe ser de uso personal y adaptado a la cabeza de quien lo usa. Cada casco tiene un ajuste específico, y utilizar uno que no corresponda puede poner en riesgo la seguridad.
Además del uso del casco, la normativa establece otras recomendaciones para mejorar la seguridad vial de los motociclistas. Por ejemplo, es obligatorio que los conductores de motocicletas porten chalecos o chaquetas reflectivas durante la noche o cuando las condiciones de visibilidad sean reducidas, entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. Esta medida también aplica en cualquier situación en la que la visibilidad se vea afectada, como en caso de neblina, lluvia intensa o pasos por zonas oscuras.
La intención de esta regulación es aumentar la visibilidad de los motociclistas para otros actores en la vía, especialmente en condiciones de baja iluminación, y así contribuir a la prevención de accidentes. Aunque puede parecer una norma simple, no portar prendas reflectivas en los horarios o condiciones exigidas constituye una infracción clasificada como tipo C24, según lo establece el Código Nacional de Tránsito. Esta falta conlleva una sanción económica equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). Para el año 2025, esto representa un valor aproximado de $711.750.
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VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co